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CURSO SEMIPRESENCIAL BOLIVIA 2024


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Los Profesores de la parte presencial serán: Lic. Roberto Granja – Téc. Diego Roda – Perito Adán Pérez

Estos serán los profesores de la parte online

Segundo Curso Internacional Perito Verificador e Identificador Vehicular EPA 2023


A PEDIDO DE LOS PROFESIONALES, EL SEGUNDO Y ÚLTIMO CURSO DE ÉSTE AÑO 2023

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POR PLATAFORMAS ZOOM – MOODLE

CURSO INTERNACIONAL PERITO VERIFICADOR E IDENTIFICADOR VEHICULAR EPA 2023 II

“IDENTIFICACIÓN Y TRAZABILIDAD VEHICULAR INTERNACIONAL – SEGURIDAD EN DOCUMENTOS – REVELADO DE IMÁGENES LATENTES EN METALES DE VEHÍCULOS – FOTOGRAFIA FORENSE – IDENTIFICACIÓN ELECTRÓNICA DÍGITAL – SEGURIDAD VIAL – FRAUDES EN SEGUROS – DICTAMEN PERICIAL”

  Del 11 de Agosto al 24 de Noviembre 2023 – Certificaciones Digitales (420 horas cátedras)

(ESTE CURSO ESTA DESTINADO A PERSONAL DE FUERZAS DE SEGURIDAD, CRIMINALISTICOS, PERITOS DE SEGUROS Y JUDICIALES)

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Contacto e inscripciones: Adán Carlos Pérez

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1° CURSO EPA PATRULLA DE CAMINOS Y CONTROL DE CARGAS EN TRÁNSITO 2023


“IDENTIFICACIÓN DE VEHÍCULOS – CORRECTA SEÑALIZACIÓN DEL CONTROL – CONTROL DE MERCADERÍAS/CARGAS – DOCUMENTOS – LENGUAJE NO VERBAL – ACTAS DE PROCEDIMIENTOS”

Del 12 de Agosto al 14 de Octubre 2023 – Certificaciones Digitales

(150 horas cátedras)

Contacto: Adán Pérez – +543476595456

Curso Perito Verificador e Identificador Vehicular EPA 2023


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CURSO INTERNACIONAL PERITO VERIFICADOR E IDENTIFICADOR VEHICULAR EPA 2023

“IDENTIFICACIÓN Y TRAZABILIDAD VEHICULAR INTERNACIONAL – SEGURIDAD EN DOCUMENTOS – REVELADO DE IMÁGENES LATENTES EN METALES DE VEHÍCULOS – FOTOGRAFIA FORENSE – IDENTIFICACIÓN ELECTRÓNICA DÍGITAL – SEGURIDAD VIAL – FRAUDES EN SEGUROS – DICTAMEN PERICIAL”

  Del 10 de Marzo al 30 de Junio 2023 – Certificaciones Digitales (420 horas cátedras)

(ESTE CURSO ESTA DESTINADO A PERSONAL DE FUERZAS DE SEGURIDAD, CRIMINALISTICOS, PERITOS DE SEGUROS Y JUDICIALES)

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PROPUESTAS DE CAPACITACIÓN FIN DE AÑO 2022


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CURSOS EPA 2022


POR PLATAFORMAS ZOOM – MOODLE

“CURSO PERITO VERIFICADOR E IDENTIFICADOR VEHICULAR, REVELADO QUÍMICO 2022”

Del 10 de Enero al 3 de Junio 2022 – Certificación y Cárdex Digitales (380 horas cátedras)

10 de enero al 3 de marzo Material plataforma MOODLE (NO se requiere asistencia obligatoria)

4 de marzo al 3 de Junio 2022 Videoconferencias ZOOM (Con asistencia)

ESTE CURSO ESTA DESTINADO A PERSONAL DE FUERZAS DE SEGURIDAD, CRIMINALISTICOS Y PERITOS JUDICIALES. ¡NO TE LO PIERDAS!!!

50 cupos – Aranceles especiales a ex alumnos, grupos de policías y a estudiantes. L@s cursantes que se inscriban antes del mes de ENERO 2022 podrán realizar también sin costos extras el curso de Vehículos Pesados, a realizarse desde el 5 al 26 marzo de 2022.

Contacto: Adán Carlos Pérez

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CURSO PRESENCIAL PARANÁ E.R. ARGENTINA


ÚLTIMO CURSO EPA 2021, VIA ZOOM – MOODLE


“CURSO PERITO VERIFICADOR E IDENTIFICADOR VEHICULAR PARA FUERZAS DE SEGURIDAD Y CRIMINALISTICOS”

 El curso que pedias, el curso clásico de EPA desde el 2014, ahora actualizado por ZOOM

Del 10 de septiembre al 10 de diciembre 2021 – Certificación y Cárdex Digitales (280 horas cátedras)

ESTE CURSO ESTA DESTINADO A PERSONAL DE FUERZAS DE SEGURIDAD, CRIMINALISTICOS Y PERITOS JUDICIALES.

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50 cupos – Aranceles especiales a ex alumnos, grupos de policías y a estudiantes.

L@s cursantes que se inscriban antes del mes de agosto podrá realizar también sin costos extras el curso de Vehículos importados, a realizarse desde el 7 de agosto al 28 de agosto de 2021

Contacto: Adán Carlos Pérez

adancarlosperez@gmail.com

T.E. WHATSAPP: 03476-15595456 o +54 9 3476 595456

Normatividad para Tráiler O1 Argentina


AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 282/2021

DI-2021-282-APN-ANSV#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 25/03/2021

VISTO: el expediente EX-2020-56325330- -APN-DGA#ANSV,del Registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL dependiente del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las leyes N° 24.449, 26.363 y sus normativa reglamentarias y complementarias, el Decreto N° 8 del 4 de enero de 2016, Decreto N° 32 del 1 de enero de 2018, la Disposición DI-2018-540-APN-ANSV#MTR de fecha 28 de noviembre de 2018 y su modificatoria DI-2019-565-APN-ANSV#MTR de fecha 23 de octubre de 2019 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1o de la Ley Nº 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, como organismo descentralizado del MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA NACIÓN, de conformidad a lo especificado en el Decreto N° 8/16, cuya misión es la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial nacionales.

Que, entre las funciones asignadas a la Agencia Nacional de Seguridad Vial, conforme lo establece el artículo 4º incisos a) y b) respectivamente de la Ley Nº 26.363, se destaca la de coordinar, impulsar y fiscalizar la implementación de las políticas y medidas estratégicas para el desarrollo de un tránsito seguro en todo el territorio nacional y propiciar la actualización de la normativa en materia de seguridad vial.

Que el artículo 9 del Decreto N° 32/18 sustituyó el inciso d) del artículo 33, del Título V del ANEXO 1 del Decreto Reglamentario N° 779/95, estableciendo en su párrafo octavo que los acoplados, remolques y trailers destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar, comprendidos en la categoría O1, remolcados por vehículos automotores de uso particular, deberán presentar ante la DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS, la certificación de seguridad vehicular que por normas complementarias se establezca.

Que el Artículo 10 del Decreto 32/18 incorporó al artículo 34 del Título V del Anexo 1 del Decreto N° 779, relativo a revisión técnica obligatoria, el inciso 39, mediante el cual se instruye a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL en coordinación con la COMISIÓN NACIONAL DEL TRÁNSITO Y LA SEGURIDAD VIAL, a dictar las normas complementarias sobre ítems a revisar y los protocolos de revisión aplicables a cada categoría de vehículo y tipo de revisión aplicables a los supuestos previstos en el inciso d) del Artículo 33 anteriormente referenciado.

Que la normativa dispuesta precedentemente, otorga competencias a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL para determinar las características técnicas que deben reunir los vehículos comprendidos en la categoría O1 para obtener el certificado de seguridad vehicular.

Que la Agencia Nacional de Seguridad Vial, mediante Disposición DI-2018-540-APN-ANSV#MTR de fecha 28 de noviembre de 2018 creó el Certificado de Seguridad Vehicular, a los fines de acreditar el cumplimiento de las condiciones de seguridad activas y pasivas y de emisión de contaminantes por parte de los vehículos de uso particular, incluyendo los vehículos de categoría O1, de conformidad con el inciso d) del artículo 33 del Título V del ANEXO 1 del Decreto Reglamentario N° 779/95, reglamentario de la Ley N° 24.449.

Que el Certificado de Seguridad Vehicular referido debe ser emitido considerando un análisis técnico previo, cuyos resultados deben ser volcados en un informe técnico.

Que en pos de dar cumplimiento con lo establecido por el Decreto N° 32/2018, corresponde a esta AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL la creación de un informe técnico específico, que deberá realizarse como condición previa al otorgamiento del Certificado de Seguridad Vehicular a todo vehículo categoría O1 (acoplados, remolques y trailers destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar remolcados por vehículos automotores de uso particular), que permita establecer que se encuentran dadas las condiciones de seguridad activa y pasiva necesarias para la circulación de dichos vehículos en el territorio nacional, el cual será de uso obligatorio por parte de los talleres de jurisdicción local destinados a unidades particulares pertenecientes al Sistema Nacional de Revisión Técnica Obligatoria, siempre que los mismos se encuentren incluidos en el REGISTRO NACIONAL DE TALLERES DE REVISIÓN TÉCNICA OBLIGATORIA DE JURISDICCIÓN LOCAL en la órbita de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y de las entidades técnicas reconocidas al efecto por esta autoridad de aplicación, con la finalidad de que la medida tenga alcance en todas las jurisdicciones del territorio nacional.

El resultado satisfactorio que arroje el informe técnico emitido por los talleres habilitados al efecto, permitirá a este Organismo otorgar el certificado de seguridad vehicular correspondiente a los vehículos comprendidos en la categoría 01, con el objeto de que los usuarios titulares de los mismos puedan continuar el trámite ante la DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR y DE CRÉDITOS PRENDARIOS, a los fines de obtener la correspondiente inscripción inicial.

Que, por lo expuesto, deviene necesario aprobar el modelo de INFORME TÉCNICO REQUERIDO PARA LA EMISIÓN DEL CERTIFICADO DE SEGURIDAD VEHICULAR (CSV) DE TRAILERS “O1”.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL, la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, la DIRECCIÓN DE ESTUDIOS EN SEGURIDAD DE INFRAESTRUCTURA VIAL Y DEL AUTOMOTOR, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE OBSERVATORIO VIAL, han tomado la intervención de sus competencias.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 7° inciso a) y b) de la Ley N° 26.363.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1°: Apruébase el modelo de informe técnico que como Anexo DI-2021-26653130-APN-ANSV#MTR forma parte de la presente medida.

ARTICULO 2°: Establécese la utilización obligatoria del modelo de informe técnico que aprueba el artículo 1º de la presente medida, como requisito previo al otorgamiento del Certificado de Seguridad Vehicular por parte de este Organismo, para vehículos de categoría O1 (acoplados, remolques y trailers destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar remolcados por vehículos automotores de uso particular), de acuerdo a lo establecido por el artículo 33, inc. d), del Título V del ANEXO 1 del Decreto Reglamentario N° 779 (conf. modificación del Decreto Nº 32/2018); y que deberá ser elaborado y emitido por los talleres de jurisdicción local destinados a unidades particulares pertenecientes al Sistema Nacional de Revisión Técnica Obligatoria que se encuentren incluidos en el REGISTRO NACIONAL DE TALLERES DE REVISIÓN TÉCNICA OBLIGATORIA DE JURISDICCIÓN LOCAL en la órbita de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y de las entidades técnicas reconocidas al efecto por la autoridad de aplicación.

ARTÍCULO 3°: Instrúyase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL en el ámbito de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, a coordinar e instrumentar las medidas que resulten necesarias tendientes a asegurar un adecuado cumplimiento de la presente medida.

ARTÍCULO 4º: Regístrese, comuníquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y, cumplido, archívese.

Pablo Julian Martinez Carignano

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/03/2021 N° 18898/21 v. 30/03/2021

Fecha de publicación 30/03/2021

(FUENTE BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA)

ANEXO PLANILLA TÉCNICA

CURSO PERITO VERIFICADOR, IDENTIFICADOR VEHICULAR Y REVENIDO QUÍMICO 2021


CURSO VIA ZOOM – MOODLE

“PERITO VERIFICADOR, IDENTIFICADOR VEHICULAR Y REVENIDO QUÍMICO” 

Del 12 de Abril al 17 de Mayo 2021 – Certificaciones Digitales – 80 hs. Cátedras

Este CURSO ESTÁ DESTINADO A PERSONAL DE FUERZAS DE SEGURIDAD, CRIMINALÍSTICOS Y PERITOS JUDICIALES.

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CALIDAD, ACTUALIDAD E INNOVACIÓN AL SERVICIO DEL PROFESIONAL

PROFESORES:

ü  Lic. Roberto Granja –  Lic. En Criminalística, Profesor IUPFA, Exp. en revelado de imágenes latentes en metales, armas y vehículos, Ex Jefe de la sección Revenido Químico de la Policía Federal Argentina.

ü  Perito Gastón Bouillon – Perito Químico Criminalístico.

ü  Perito Adán C. Pérez – Diplomado Judicial, Idóneo Internacional Identificador Vehicular, experto revelador de imágenes latentes en metales, titular de Estudio de Peritaje Automotor.

ü  Perito Diego P. Roda – Téc. En Automotores – Perito Judicial –  Identificador y Verificador Vehicular.

ü  Perito Sergio Berra – Téc. En Accidentología Vial – Dipl. En Criminalística y Criminología – Identificador y Verificador Vehicular.

SE ENTREGAN CERTIFICACIONES DÍGITALES

FORMAS DE INVERSIÓN DEL CURSO

ARANCEL OFERTA POR PAGO TOTAL VÍA CUENTA BANCARIA:

$4500.-, CUENTA: Nuevo Banco Santa Fe, Caja Ahorro en pesos Nº: 528007720508, CBU: 3300528525280077205086, Una vez hecho el depósito se deberá escanear o fotografiar el ticket del mismo y enviarlo a los email de contactos o WhatsApp:

adancarlosperez@gmail.com

+54 9 3476 595456

OTRAS FORMAS DE PAGO

POR SEÑA PREVIA CBU: Se podrá señar con $2000.- al momento de la inscripción y $3500.- durante el cursado, fecha límite 17 de mayo 2021, Total $5500.-

POR GRUPOS DE 3 PERSONAS A MAS: CONSULTAR.

POR HABER PARTICIPADO YA DE UNA JORNADA O CURSO DE LA EMPRESA ESTUDIO DE PERITAJE AUTOMOTOR: $3500. Por CBU Bancario.

DESDE EL EXTERIOR:

WESTERN UNION: U$S 35.-

VIA PAYPAL: Deberá ingresar al link suministrado, elegir la moneda de pago USD y abonar U$S 50.- (Dicho monto es por cargos del servicio y fiscales)

https://www.paypal.me/Estudiodeperitajeaut

VIA MERCADOPAGO, PARA PAGO TOTAL DE $5500.- HASTA 6 CUOTAS FIJAS

El link de pago total es: https://mpago.la/2Kg3Sg9

Contacto: Adán Carlos Pérez

adancarlosperez@gmail.com

T.E. WHATSAPP: 03476-15595456 o +54 9 3476 595456